Los contribuyentes que reciban una comunicación de Vigilancia Profunda Exprés del Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrán hasta 60 días naturales para analizar y, en su caso, solventar inconsistencias detectadas entre declaraciones, facturación y otra información disponible para la autoridad fiscal.
El plazo representa un cambio significativo frente al esquema anterior, cuando se disponía de 10 días hábiles, de acuerdo con el análisis presentado por Luis Carlos Figueroa Moncada, vicepresidente de Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
¿Qué es la Vigilancia Profunda Exprés?
Es un mecanismo mediante el cual el Servicio de Administración Tributaria informa al contribuyente, mediante el Buzón Tributario, sobre omisiones en declaraciones o diferencias entre lo declarado y lo facturado.
Después de recibir el oficio, la persona contribuyente puede pedir por correo electrónico el detalle de las inconsistencias o solicitar asistencia presencial.
Durante los 60 días puede mantener comunicación con la administración correspondiente y recibir acompañamiento del SAT.
SAT realizó más de 12 millones de actos de vigilancia
Entre enero y junio de 2026, la autoridad realizó 12 millones 229 mil 906 actos de vigilancia.
La tabla incluida en la página 5 del documento muestra que el correo electrónico concentró 9 millones 971 mil 345 actos, equivalente a 81.53% del total. El Buzón Tributario registró 1 millón 993 mil 212; los SMS, 159 mil 721; y la vigilancia profunda, 105 mil 628.
Destaca el crecimiento de 1,038.18% en los mensajes SMS frente al mismo periodo de 2025, pese a que el total de actos de vigilancia disminuyó 32.79%.
¿Qué pasa si el contribuyente no responde?
El riesgo operativo puede ser considerable. El IMCP advierte que, si las omisiones o diferencias no se solventan, el SAT puede llegar a aplicar la restricción temporal del Certificado de Sello Digital (CSD) y posteriormente su cancelación definitiva.
Sin CSD, el contribuyente queda imposibilitado para emitir CFDI, lo que puede impactar operaciones con clientes y empleados.
El documento señala que, de acuerdo con la actualización publicada en julio, durante 2026 se contabilizaban 6 mil 247 contribuyentes con Certificados de Sello Digital sin efectos.
¿Qué recomienda el IMCP?
- Atender las comunicaciones del SAT desde sus primeras etapas.
- Mantener controles adecuados para emisión y recepción de CFDI.
- Revisar la determinación y entero de impuestos.
- Conservar documentación que sustente la información fiscal.
- Emitir y cancelar comprobantes dentro de los requisitos y plazos aplicables.
La ampliación a 60 días ofrece más margen para revisar inconsistencias, pero no reduce la importancia de responder. Para las empresas, una diferencia aparentemente administrativa puede escalar hasta convertirse en un problema operativo si deriva en restricciones para facturar.


