Las empresas con ingresos superiores a 50 millones de pesos enfrentarían nuevas restricciones para disminuir su carga de Impuesto Sobre la Renta (ISR) a partir de 2027. El Paquete Económico propone limitar tanto las deducciones autorizadas como la utilización de pérdidas fiscales acumuladas de ejercicios anteriores.
La reforma contempla incorporar un nuevo Capítulo X al Título II de la Ley del ISR, dirigido a personas morales que superen ese nivel de ingresos y determinen utilidad fiscal, indicó Von Wobeser y Sierra.
Hacienda propone nuevo límite para las deducciones
El mecanismo propuesto utiliza como referencia la proporción que representan las deducciones respecto de los ingresos acumulables.
Cuando las deducciones sean iguales o menores a 96.67% de los ingresos, el monto permitido se determinaría multiplicando las deducciones por un factor de 0.9900.
Cuando las deducciones superen 96.67% de los ingresos acumulables, el límite correspondería a los ingresos multiplicados por un factor de 0.9667.
Las deducciones que no puedan aplicarse inmediatamente no desaparecerían; cabe señalar que el documento establece que el remanente podría disminuirse durante los 20 ejercicios siguientes.
Pérdidas fiscales solamente podrían reducir 50% de la utilidad
Otro de los cambios centrales se encuentra en las pérdidas acumuladas.
La propuesta establece que las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores solamente podrían disminuir hasta 50% de la utilidad fiscal del ejercicio, después de aplicar el nuevo mecanismo sobre deducciones.
De acuerdo con Von Wobeser y Sierra, el proyecto señala que la medida busca asegurar una base gravable mínima en cada ejercicio. La limitación modificaría la velocidad con la que determinadas empresas pueden utilizar pérdidas acumuladas para reducir su ISR.
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Pagos provisionales también cambiarían
Las empresas con ingresos superiores a 50 millones de pesos también enfrentarían modificaciones en sus pagos provisionales durante 2027.
La propuesta contempla ajustar el coeficiente de utilidad mediante dos factores.
- Cuando las deducciones sean iguales o inferiores a 96.67% de los ingresos acumulables, se aplicaría un factor de 1.0658.
- Cuando las deducciones excedan ese porcentaje, el factor ascendería a 2.6162.
Para las pérdidas fiscales, durante los pagos provisionales únicamente podría disminuirse 50% de la utilidad fiscal provisional.
Deducción de intereses netos bajaría de 30% a 20%
La reforma plantea además endurecer el límite aplicable a los intereses netos, actualmente, el documento ubica el límite de deducción en 30% de la utilidad fiscal ajustada.
La propuesta para 2027 lo reduciría a 20%.
El planteamiento está relacionado con las recomendaciones de la Acción 4 del proyecto BEPS de la OCDE, dirigida a limitar la erosión de la base tributaria mediante pagos excesivos de intereses.
Pagos al extranjero enfrentarían mayores controles
Hacienda también propone modificar el tratamiento de los pagos realizados a residentes en el extranjero. Su deducción estaría condicionada a que efectivamente se entere la retención correspondiente.
Además, el devengo sería incorporado como momento de causación de la retención, independientemente de la fecha efectiva en la que se realice el pago.
¿Qué empresas quedarían fuera del límite de deducciones?
El documento contempla excepciones al nuevo mecanismo.
No sería aplicable, bajo los términos de la propuesta, a:
- Contribuyentes que tributen como coordinados.
- Empresas del sector primario.
- Empresas bajo el régimen de maquila, salvo por ventas nacionales.
- Compañías en situación de quiebra.
- Empresas con menos de cinco años de operación.
Reforma modificaría el cálculo fiscal de grandes empresas
El conjunto de medidas representa uno de los cambios más relevantes de la propuesta fiscal para las personas morales en 2027, precisó Von Wobeser y Sierra.
La combinación de límites a deducciones, restricciones para utilizar pérdidas acumuladas, menores posibilidades de deducir intereses y modificaciones a los pagos provisionales elevaría la base sobre la cual determinadas empresas calculan su ISR.
El umbral de 50 millones de pesos de ingresos se convierte además en un punto central del nuevo esquema.
De aprobarse en los términos propuestos, las empresas sujetas a las nuevas disposiciones tendrían que revisar desde sus proyecciones de pagos provisionales hasta la utilización de pérdidas acumuladas y sus estructuras de financiamiento. El efecto definitivo dependerá de las características fiscales de cada contribuyente y del texto que finalmente apruebe el Congreso.


